Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social
Resumen
En el IRPF se amplía el ámbito de aplicación de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas y la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible y puntos de recarga, así como los límites para la aplicación del método de estimación objetiva con efectos también para el 2025.
En el Impuesto sobre Sociedades se amplía del ámbito de aplicación de la libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables y de la libertad de amortización en determinados vehículos y en nuevas infraestructuras de recarga.
En el IVA se prorrogan los límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca y se amplía el plazo de renuncia y revocación. Asimismo, se establece una renuncia extraordinaria a la llevanza de los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT y baja extraordinaria en el registro de devolución mensual.
Publicación:
BOE núm. 309 de 24 de diciembre de 2025.
Vigencia y efectos:
— Entrada en vigor: 25 de diciembre de 2025.
En su capítulo V, referido a las medidas tributarias, establece la prórroga de determinados incentivos fiscales, especialmente en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, así como otras medidas.
Medidas en el IRPF
Exención de ayudas por incendios forestales
Se declara la exención, desde el 26 de agosto de 2025, de las ayudas por daños personales a las que se refiere el Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de agosto de 2025 por el que se declara «Zona afectada gravemente por una Emergencia de Protección Civil» el territorio afectado como consecuencia de los incendios forestales y otras emergencias de protección civil acaecidas entre el 23 de junio y el 25 de agosto de 2025.
Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas
Con efectos desde 1 de enero de 2025 amplió el ámbito temporal de aplicación de las deducciones temporales por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas hasta 31 de diciembre de 2026 para las viviendas individuales y hasta el 31 de diciembre de 2027 para los edificios de uso predominante residencial.
Imputación de rentas inmobiliarias
Se mantiene el porcentaje de imputación de rentas inmobiliarias con efectos desde el 1 de enero de 2025.
Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible y puntos de recarga
Con efectos desde el 1 de enero de 2026, se amplía el ámbito temporal de aplicación de esta deducción hasta el 31 de diciembre de 2026, con lo que se dispone de un mayor plazo para poder adquirir tales vehículos, así como los correspondientes puntos de recarga.
Prórroga de los límites para la aplicación del método de estimación objetiva
Con efectos desde el 1 de enero de 2025, se prorrogan los límites para la aplicación del método de estimación objetiva que estaba vigente desde 2016.
Plazos de renuncias y revocaciones al método de estimación objetiva para el 2026
Se amplían los plazos de renuncias y revocaciones al método de estimación objetiva para 2026, que abarcan el período comprendido desde el 25 de diciembre hasta el 31 de enero de 2026.
Las renuncias y revocaciones ya presentadas con anterioridad a este plazo, se entienden presentadas en período hábil, pudiendo no obstante los sujetos pasivos modificar su opción hasta el 31 de enero de 2026.
Medidas en el Impuesto sobre Sociedades
Libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2025 se extiende este beneficio fiscal a las inversiones que entren en funcionamiento en 2023, 2024, 2025 y 2026.
Libertad de amortización en determinados vehículos y en nuevas infraestructuras de recarga
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2025 se extiende este beneficio fiscal a las inversiones en vehículos que entren en funcionamiento en 2026.
Medidas en el IVA
Prórroga de los límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca
Con efectos desde el 1 de enero de 2025, se prorrogan los límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido que estaban vigentes desde 2016.
Plazos de renuncias y revocaciones a los regímenes simplificado y especial de la agricultura, ganadería y pesca para el año 2026
Se amplían los plazos de renuncias y revocaciones a los regímenes simplificado y especial de la agricultura, ganadería y pesca para el año 2026, que abarcan el período comprendido desde el 25 de diciembre hasta el 31 de enero de 2026.
Las renuncias y revocaciones ya presentadas con anterioridad a este plazo, se entienden presentadas en período hábil, pudiendo no obstante los sujetos pasivos modificar su opción hasta el 31 de enero de 2026.
Renuncia extraordinaria a la llevanza de los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT y baja extraordinaria en el registro de devolución mensual para el año 2026
Se permite renunciar a la opción por la llevanza electrónica de los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT desde el 25 de diciembre hasta el 31 de enero de 2026.
Cabe también que, en el mismo plazo, los sujetos pasivos inscritos en el registro de devolución mensual soliciten la baja voluntaria en el mismo.
Exención en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades de determinadas ayudas concedidas por la Comunitat Valenciana en las zonas afectadas por la DANA
Con efectos desde 29 de octubre de 2024 se establece la no integración en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ni en la del Impuesto sobre Sociedades de las rentas positivas que se pongan de manifiesto como consecuencia de las ayudas concedidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 172/2024, de 26 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes dirigidas a facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas que hayan sufrido daños por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana y en el Decreto 176/2024, de 3 de diciembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas urgentes dirigidas a las personas trabajadoras autónomas de las zonas de la Comunitat Valenciana afectadas por la DANA.
Coeficientes para la determinación del incremento del valor del terreno, según el periodo de generación, en el IIVTNU
Con efectos desde el día 1 de enero de 2026, los importes máximos de los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, según el periodo de generación del incremento de valor, serán los siguientes:
| Periodo de generación | Coeficiente |
| Inferior a 1 año. | 0,16 |
| 1 año. | 0,15 |
| 2 años. | 0,15 |
| 3 años. | 0,15 |
| 4 años. | 0,16 |
| 5 años. | 0,18 |
| 6 años. | 0,20 |
| 7 años. | 0,22 |
| 8 años. | 0,23 |
| 9 años. | 0,21 |
| 10 años. | 0,16 |
| 11 años. | 0,13 |
| 12 años. | 0,11 |
| 13 años. | 0,10 |
| 14 años. | 0,10 |
| 15 años. | 0,10 |
| 16 años. | 0,10 |
| 17 años. | 0,12 |
| 18 años. | 0,16 |
| 19 años. | 0,22 |
| Igual o superior a 20 años. | 0,35 |
Otras modificaciones
En su capítulo VI, referido a las medidas tributarias, se incluyen medidas en materia de financiación territorial.
Asimismo, hasta que se apruebe el Real Decreto por el que se fije el salario mínimo interprofesional para el año 2026, de acuerdo con lo previsto en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, se prorroga la vigencia del Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025.
Por otra parte, se modifica la Ley General de la Seguridad Social para suprimir la obligación de que las personas beneficiarias de prestaciones por desempleo deban presentar declaración de IRPF.