• Fiscal

Calendario del contribuyente 2024

Ref. CISS 9248/2023

Acceso al calendario del contribuyente publicado por la AEAT, plazos de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria y novedades en el calendario para 2024.

ENLACE AL CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE

PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE AUTOLIQUIDACIONES CON DOMICILIACIÓN BANCARIA

El plazo de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria va a depender del fin del plazo de presentación de cada modelo. Así, si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente y el plazo de domiciliación bancaria se ampliará con carácter general el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de dicha declaración. A continuación, se indican los plazos generales y de domiciliación bancaria para cada modelo, correspondientes al año 2024:

MODELOPLAZO DOMICILIACIÓN BANCARIA AÑO 2024VENCIMIENTO PLAZO DE PRESENTACIÓN AÑO 2024
Modelos 100, 151 y 714Hasta 26 de junioHasta 1 de julio
Modelo 102Hasta 30 de septiembre (para contribuyentes que hayan domiciliado el primer plazo)Hasta 5 de noviembre
Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 216

Obligación trimestral

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 17 de enero

• 1T 24: 1 al 17 de abril

• 2T 24: 1 al 17 de julio

• 3T 24: 1 al 16 de octubre

Obligación trimestral

Con carácter general: presentación del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 22 de enero

• 1T 24: 1 al 22 de abril

• 2T 24: 1 al 22 de julio

• 3T 24: 1 al 21 de octubre

Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230 y 430

Obligación mensual

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de cada mes para todos los meses, excepto:

• Diciembre 23: 1 al 17 de enero

• Marzo: 1 al 17 de abril

• Mayo: 1 al 17 de junio

• Junio: 1 al 17 de julio

• Agosto: 1 al 17 de septiembre

• Septiembre: 1 al 16 de octubre

• Noviembre: 1 al 17 de diciembre

El mes de julio del modelo 430, hasta el 17 de septiembre

Obligación mensual

Con carácter general: presentación del 1 al 20 de cada mes, excepto:

• Diciembre 23: 1 al 22 de enero

• Marzo: 1 al 22 de abril

• Junio: 1 al 22 de julio

• Septiembre: 1 al 21 de octubre

El mes de julio del modelo 430, hasta el 20 de septiembre

Modelos 130 y 131

Obligación trimestral

Con carácter general: domiciliación del 1 al 25 de enero y del 1 al 15 de abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 25 de enero

• 1T 24: 1 al 17 de abril

• 2T 24: 1 al 17 de julio

• 3T 24: 1 al 16 de octubre

Obligación trimestral

Con carácter general: presentación del 1 al 30 de enero y del 1 al 20 de abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 30 de enero

• 1T 24: 1 al 22 de abril

• 2T 24: 1 al 22 de julio

• 3T 24: 1 al 21 de octubre

Modelo 136

Obligación trimestral

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 17 de enero

• 1T 24: 1 al 17 de abril

• 2T 24: 1 al 17 de julio

• 3T 24: 1 al 16 de octubre

Obligación trimestral

Con carácter general: presentación del 1 al 20 de enero abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 22 de enero

• 1T 24: 1 al 22 de abril

• 2T 24: 1 al 22 de julio

• 3T 24: 1 al 21 de octubre

Modelos 200, 206, 220 y 2211 al 22 de julio (períodos impositivos que coincidan con el año natural)1 al 25 de julio (períodos impositivos que coincidan con el año natural)
Modelos 202-0A y 222-0A (País Vasco)1 al 22 de octubre1 al 25 de octubre
Modelos 202-2P y 222-2P (Navarra)1 al 16 de octubre1 al 21 de octubre
Modelos 202 y 222

Obligación trimestral

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de abril, octubre y diciembre

• 1 al 17 de abril

• 1 al 16 de octubre

• 1 al 17 de diciembre

Obligación trimestral

Con carácter general: presentación del 1 al 20 de abril, octubre y diciembre

• 1 al 22 de abril

• 1 al 21 de octubre

• 1 al 20 de diciembre

Modelo 210 (excepto ganancias derivadas de transmisiones de inmuebles)

Obligación trimestral

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 17 de enero

• 1T 24: 1 al 17 de abril

• 2T 24: 1 al 17 de julio

• 3T 24: 1 al 16 de octubre

Obligación anual

Rentas del arrendamiento, devengadas desde 01.01.2024, con carácter general: 1 al 15 de enero del año siguiente al de devengo

Rentas imputadas de inmuebles urbanos:

Rentas de 2022: desde el 1 de enero hasta el 25 de diciembre de 2023

Rentas de 2023: desde el 1 de enero hasta al 26 de diciembre de 2024

Obligación trimestral

Con carácter general: presentación del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 22 de enero

• 1T 24: 1 al 22 de abril

• 2T 24: 1 al 22 de julio

• 3T 24: 1 al 21 de octubre

Obligación anual

Rentas del arrendamiento, devengadas desde 01.01.2024, con carácter general: 1 al 20 de enero del año siguiente al del devengo

Rentas imputadas de inmuebles urbanos: año natural siguiente al de devengo

Rentas de 2022: desde el 1 de enero de 2023 hasta el 2 de enero de 2024

Rentas de 2023: desde el 1 de enero hasta al 31 de diciembre de 2024

Modelo 2131 al 26 de enero1 al 31 de enero
Modelos 303 y 353

Obligación mensual

Con carácter general: domiciliación del 1 al 25 de cada mes, para todos los meses excepto:

• Noviembre 23: 1 al 26 de diciembre de 2023

• Enero: 1 al 26 de febrero

• Febrero: 1 al 25 de marzo

• Abril: 1 al 27 de mayo

• Mayo: 1 al 26 de junio

• Julio: 1 al 27 de agosto

• Octubre: 1 al 27 de noviembre

• Noviembre: 1 al 25 de diciembre

Obligación mensual

Con carácter general: presentación del 1 al 30 de cada mes, para todos los meses excepto:

• Noviembre 23: 1 de diciembre al 2 de enero de 2024

• Enero: 1 al 29 de febrero

• Febrero: 1 de marzo al 1 de abril

• Mayo: 1 de junio al 1 de julio

• Octubre: 1 de noviembre al 2 de diciembre

Modelo 303 y 309

Obligación trimestral

Con carácter gerenal: domiciliación del 1 al 25 de enero y del 1 al 15 de abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 25 de enero

• 1T 24: 1 al 17 de abril

• 2T 24: 1 al 17 de julio

• 3T 24: 1 al 16 de octubre

Obligación trimestral

Con carácter general: presentación del 1 al 30 de enero y del 1 al 20 de abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 30 de enero

• 1T 24: 1 al 22 de abril

• 2T 24: 1 al 22 de julio

• 3T 24: 1 al 21 de octubre

Modelos 410 y 4111 al 26 de julio1 al 31 de julio
Modelo 490

Obligación trimestral

Con carácter general: domiciliación del 1 al 25 de enero, abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 26 de enero

• 1T 24: 1 al 25 de abril

• 2T 24: 1 al 26 de julio

• 3T 24: 1 al 28 de octubre

Obligación trimestral

Con carácter general: presentación durante los meses de enero, abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 31 de enero

• 1T 24: 1 al 30 de abril

• 2T 24: 1 al 31 de julio

• 3T 24: 1 al 31 de octubre

Modelo 560

Obligación mensual

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 del mes sigueinte en que se han producido los devengos, excepto:

• Diciembre 23: 1 al 17 de enero

• Marzo: 1 al 17 de abril

• Mayo: 1 al 17 de junio

• Junio: 1 al 17 de julio

• Agosto: 1 al 17 de septiembre

• Septiembre: 1 al 16 de octubre

• Noviembre: 1 al 17 de diciembre

Obligación trimestral

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 17 de enero

• 1T 24: 1 al 17 de abril

• 2T 24: 1 al 17 de julio

• 3T 24: 1 al 16 de octubre

Obligación anual: 1 al 17 de abril

Obligación mensual

Con carácter general: presentación del 1 al 20 del mes siguiente en que se han producido los devengos, excepto:

• Diciembre 23: 1 al 22 de enero

• Marzo: 1 al 22 de abril

• Junio: 1 al 22 de julio

• Septiembre: 1 al 21 de octubre

Obligación trimestral

Con carácter general: presentación del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 22 de enero

• 1T 24: 1 al 22 de abril

• 2T 24: 1 al 22 de julio

• 3T 24: 1 al 21 de octubre

Obligación anual: 1 al 22 de abril

Modelos 561, 562 y 563

Obligación mensual

Con carácter general: domiciliación del 1 1 al 15 del tercer mes siguiente al que finaliza el mes, excepto:

• Octubre: 1 al 17 de enero

• Enero: 1 al 17 de abril

• Marzo: 1 al 17 de junio

• Abril: 1 al 17 de julio

• Junio: 1 al 17 de septiembre

• Julio: 1 al 16 de octubre

• Septiembre: 1 al 17 de diciembre

Obligación trimestral

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 del segundo mes siguiente al que finaliza el trimestre

• 4T 23: 1 al 15 de febrero

• 1T 24: 1 al 15 de mayo

• 2T 24: 1 al 15 de agosto

• 3T 24: 1 al 15 de noviembre

Obligación mensual

Con carácter general: presentación del 1 al 20 del tercer mes siguiente al que finaliza el mes, excepto:

• Octubre: 1 al 22 de enero

• Enero: 1 al 22 de abril

• Abril: 1 al 22 de julio

• Julio: 1 al 21 de octubre

Obligación trimestral

Con carácter general: presentación del 1 al 20 del segundo mes siguiente al que finaliza el trimestre

• 4T 23: 1 al 20 de febrero

• 1T 24: 1 al 20 de mayo

• 2T 24: 1 al 20 de agosto

• 3T 24: 1 al 20 de noviembre

Modelos 566 y 581

Obligación mensual

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 del mes siguiente en que se han producido los devengos, excepto:

• Diciembre 23: 1 al 17 de enero

• Marzo: 1 al 17 de abril

• Mayo: 1 al 17 de junio

• Junio: 1 al 17 de julio

• Agosto: 1 al 17 de septiembre

• Septiembre: 1 al 16 de octubre

• Noviembre: 1 al 17 de diciembre

Obligación mensual

Con carácter general: presentación del 1 al 20 del mes siguiente en que se han producido los devengos, excepto:

• Diciembre 23: 1 al 22 de enero

• Marzo: 1 al 22 de abril

• Junio: 1 al 22 de julio

• Septiembre: 1 al 21 de octubre

Modelo 583

Pagos fraccionados

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de febrero, mayo, septiembre y noviembre, respecto de los correspondientes a los 3, 6, 9 y 12 meses del año natural

• 1 al 15 de febrero

• 1 al 15 de mayo

• 1 al 17 de septiembre

• 1 al 15 de noviembre

Autoliquidación anual 2023

1 al 27 de noviembre

Pagos fraccionados

Con carácter general: 1 al 20 de febrero, mayo, septiembre y noviembre, respecto de los correspondientes a los 3, 6, 9 y 12 meses del año natural:

• 1 al 20 de febrero

• 1 al 20 de mayo

• 1 al 20 de septiembre

• 1 al 20 de noviembre

Autoliquidación anual 2023

1 de noviembre al 2 de diciembre

Modelo 584

Obligación trimestral

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de junio y diciembre

• 1 al 17 de junio

• 1 al 17 de diciembre

Autoliquidación anual 2023

1 al 17 de enero

Pagos fraccionados

Con carácter general: 1 al 20 de los meses de junio y diciembre

• 1 al 20 de junio

• 1 al 20 de diciembre

Autoliquidación anual 2023

1 al 22 de enero

Modelo 585

Obligación trimestral

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de abril, julio y octubre

• 1 al 17 de abril

• 1 al 17 de julio

• 1 al 16 de octubre

Autoliquidación anual 2023

1 al 17 de enero

Pagos fraccionados

Con carácter general: 1 al 20 de abril, julio y octubre

• 1 al 22 de abril

• 1 al 22 de julio

• 1 al 21 de octubre

Autoliquidación anual 2023

1 al 22 de enero

Modelo 587

Obligación trimestral

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre

• 1 al 17 de enero

• 1 al 17 de abril

• 1 al 17 de julio

• 1 al 16 de octubre

Obligación trimestral

Con carácter general: presentación del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre

• 1 al 22 de enero

• 1 al 22 de abril

• 1 al 22 de julio

• 1 al 21 de octubre

Modelo 5881 al 27 de noviembre1 de noviembre al 2 de diciembre
Modelo 589

Pago fraccionado

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de octubre

• PF 2024: 1 al 16 de octubre

Autoliquidación anual 2023

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de abril

1 al 17 de abril

Pago fraccionado

Con carácter general: presentación del 1 al 20 de octubre

• PF 2024: 1 al 21 de octubre

Autoliquidación anual 2023

Con carácter general: presentación del 1 al 20 de abril

1 al 22 de abril

Modelo 592

Obligación trimestral

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 17 de enero

• 1T 24: 1 al 17 de abril

• 2T 24: 1 al 17 de julio

• 3T 24: 1 al 16 de octubre

Obligación mensual

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de cada mes para todos los meses, excepto:

• Diciembre 23: 1 al 17 de enero

• Marzo: 1 al 17 de abril

• Mayo: 1 al 17 de junio

• Junio: 1 al 17 de julio

• Agosto: 1 al 17 de septiembre

• Septiembre: 1 al 16 de octubre

• Noviembre: 1 al 17 de diciembre

Obligación trimestral

Con carácter general: presentación del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 22 de enero

• 1T 24: 1 al 22 de abril

• 2T 24: 1 al 22 de julio

• 3T 24: 1 al 21 de octubre

Obligación mensual

Con carácter general: presentación del 1 al 20 de cada mes, excepto:

• Diciembre 23: 1 de diciembre de 2023 al 22 de enero de 2024

• Marzo: 1 al 22 de abril

• Junio: 1 al 22 de julio

• Septiembre: 1 al 21 de octubre

Modelo 593

Obligación trimestral

Con carácter general: domiciliación del 1 al 25 de enero, abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 25 de enero

• 1T 24: 1 al 25 de abril

• 2T 24: 1 al 26 de julio

• 3T 24: 1 al 25 de octubre

Obligación trimestral

Con carácter general: presentación durante los meses de enero, abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 30 de enero

• 1T 24: 1 al 30 de abril

• 2T 24: 1 al 31 de julio

• 3T 24: 1 al 30 de octubre

Modelo 595

Obligación trimestral

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 17 de enero

• 1T 24: 1 al 17 de abril

• 2T 24: 1 al 17 de julio

• 3T 24: 1 al 16 de octubre

Obligación trimestral

Con carácter general: presentación del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre

• 4T 23: 1 al 22 de enero

• 1T 24: 1 al 22 de abril

• 2T 24: 1 al 22 de julio

• 3T 24: 1 al 21 de octubre

Modelo 7181 al 26 de julio1 al 31 de julio
Modelo 792

Con carácter general: domiciliación del 1 al 23 de febrero (año bisiesto 24 de febrero)

Autoliquidación anual 2023

1 al 26 de febrero

Con carácter general: presentación del 1 al 28 de febrero

Autoliquidación anual 2023

1 al 29 de febrero

Modelo 793

Pagos a cuenta

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de abril, julio y octubre

• 1 al 17 de abril

• 1 al 17 de julio

• 1 al 16 de octubre

Pagos a cuenta

Con carácter general: presentación del 1 al 20 de abril, julio y octubre

• 1 al 22 de abril

• 1 al 22 de julio

• 1 al 21 de octubre

Modelos 795 y 797

Declaración del ingreso de la prestación

1 al 17 de septiembre

Declaración del ingreso de la prestación

1 al 20 de septiembre

Modelos 796 y 798

Pago anticipado

1 al 15 de febrero

Pago anticipado

1 al 20 de febrero

NOVEDADES EN EL CALENDARIO PARA 2024

Respecto a la circulación de productos objeto de impuestos especiales, desaparece la declaración del modelo 503. A partir del 13 de febrero de 2023 arrancó la nueva Fase-4 del EMCS intracomunitario y se incluyen los movimientos intracomunitarios de productos sujetos a impuestos especiales de fabricación realizados por el sistema de envíos garantizados. A partir de esta fecha no se admitirán nuevas declaraciones del Modelo 503.

Se ha publicado una Nota informativa (descargar el documento informativo) sobre los trámites a seguir en relación con la utilización del procedimiento de envíos garantizados, registro de expedidores certificados y destinatarios certificados, circulación, garantías, y se crean los nuevos modelos 504, 505 y 507.

Los siguientes modelos serán presentados por primera vez en el ejercicio 2024 y su plazo de presentación es el siguiente:

Modelo 172. “Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales”: 1 a 31 de enero.

Modelo 173. “Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales”: 1 a 31 de enero.

Modelo 721. “Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero”: 1 de enero a 1 de abril.

Modelo 281. “Declaración informativa trimestral de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la Zona Especial Canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario”.

Con carácter excepcional, la declaración informativa correspondiente al primer, segundo y tercer trimestre del ejercicio 2023 se presentará en el mismo plazo que la declaración informativa correspondiente al cuarto trimestre de 2023, esto es, del 1 al 31 de enero de 2024.

Modelo 379. “Declaración informativa sobre pagos transfronterizos”: mes natural siguiente al correspondiente trimestre natural.

Modelo 238. “Declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas”: mes de enero del año natural siguiente a aquel en el que el “vendedor” haya sido identificado como “vendedor sujeto a comunicación de información”. Con carácter excepcional, el modelo 238 correspondiente al ejercicio 2023 se podrá presentar desde el 6 de febrero al 8 de abril de 2024.

Modelo 040. “Declaración censal de alta, modificación y baja en el Registro de operadores de plataforma extranjeros no cualificados y en el Registro de otros operadores de plataforma obligados a comunicar información”. Alta: cuando se inicie la actividad como "operador de plataforma". Modificación: 1 mes desde que se hayan producido los hechos que determinan su presentación. Baja: 1 mes desde que se dejara de realizar cualquier tipo de actividad como "operador de plataforma" o ya no cumpliera las condiciones establecidas en el párrafo primero del artículo 54 ter.3.a) o en el artículo 54 ter.3.b) del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.

Scroll
Scroll